Dra. Silvina Cotignola

La enfermedad de Alzheimer, un camino sin retorno

Una de las patologías más habituales de estos tiempos, pero no demasiada conocida en profundidad, es la que abordaré esta semana. La enfermedad de Alzheimer es un desorden, progresivo, degenerativo e irreversible del cerebro, que causa la debilitación, la desorientación y una eventual muerte intelectual. Su nombre alude al Dr. Alois Alzheimer, medico neurólogo alemán […]

Accesibilidad a la web. ¿Reto al destino o concreta utopía?

Es sabido por cualquiera de nosotros que la tecnología está en constante avance tanto en su inclusión en cada aspecto de nuestra vida. Así pues, internet es considerado como una herramienta facilitadora, pues permite en segundos acceder a diferentes contenidos, realizar distintas operaciones, gestionar trámites on line, consultar y generar información, interactuar de todas las

Ahora es posible reclamar alimentos en la misma demanda a padres y abuelos

Desafortunadamente, es habitual que al divorciarse o separarse una pareja, uno de los primeros escoyos que aparecen es la contribución del progenitor no conviviente con los gastos inherentes a la prestación alimentaria, entendiéndose por tal,  conforme lo dispone el art. 659  CCYCN “…la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta,

¿Existe relación de consumo entre las prepagas y sus afiliados/clientes?

Retomando nuestro décimo año de manera ininterrumpido de columnas temáticas, especializadas en discapacidad, inaugurare esta nueva saga con un icono altamente conflictivo de esta materia, las coberturas prestacionales a cargo de las empresas de medicina prepagas. Efectivamente, sí, existe una perfecta “relación de consumo “entre los afiliados/clientes  y su prestadora de salud contratada. Tal afirmación

Delegación excepcional del ejercicio de la responsabilidad parental

Como punto de partida, debe precisarse ¿A quién corresponde, conforme la normativa vigente, el ejercicio de la “responsabilidad parental”, anteriormente denominada “patria potestad”, cuando estamos aludiendo a personas con discapacidades?  Así pues, el Art. 641 CCYCN dispone al respecto: Corresponderá a: En otro orden de ideas, es dable aclarar, en virtud de una interpretación integral,