Amigos…. He decidido abocarme al tratamiento de una problemática, lamentablemente de moda, el fenómeno del bullying. Pero a tenor de los últimos casos dados a difusión, hoy me ocuparé de analizar aquel fenómeno en relación al colectivo de personas con discapacidades.
En esos casos, la situación de violencia se da generalmente entre personas o grupos en donde hay una asimetría de fuerzas que se sostiene en el tiempo.
¿Qué es el bullying? Consiste en el acoso físico o psíquico sobre un niño o joven durante un largo período, incluso durante años. La víctima aparece como sumisa. Por ello, se establece un juego de poder entre víctima y victimario que perdura en el tiempo, donde ambos padecen una situación que les resulta difícil controlar. Sin perjuicio de ello, en la actualidad este flagelo está convirtiéndose en una pesadilla de 24 horas, ya que no solo se da en el ámbito escolar sino que ha penetrado en los hogares a través de las redes sociales y las nuevas tecnologías. Esto conlleva a que el niño acosado sufre la mayor parte del día. Por eso se considera al bullying como una de las causas de suicidio adolescente más frecuentes.
Cabe señalar que este fenómeno es avalado por los adultos de manera inconciente. Debiendo entenderse que el mismo no surge de la naturaleza humana sino que implica el deseo, la intención de lastimar, supone un desbalance de poder que se repite y se sostiene en el tiempo y también involucra el disfrute del agresor. Ello por cuanto tales formas de violencia son emuladas por los chicos de los mayores.
El acoso escolar tal como lo describimos no es un fenómeno nuevo sino ocurre desde hace décadas. Es a partir de 1970 que algunos estados comienzan a ocuparse sobre esta problemática. Así que, basándose en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959 y en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, algunos países como Suecia, Noruega, Francia, Alemania, Inglaterra o Estados Unidos empezaron a desarrollar leyes para proteger a sus menores del fenómeno del bullying. Dichas normativas pretenden, entre otras cosas, establecer criterios desde una cultura de paz, enfoque de género y derechos humanos de la infancia y juventud, para prevenir y erradicar la violencia en el entorno escolar y el maltrato entre pares.
En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto por el cual se promueve la convivencia libre de violencia en el entorno escolar. Este vino a cubrir un vacío legal en cuanto al reconocimiento específico de esta problemática, como ya lo han hecho otros países, que cuentan con leyes específicas. Esto es, la escuela como ámbito ligado a lo social y como generadora de subjetividad, desde una mirada ética, democrática y no expulsiva. Para esto la ley dispone la creación de diferentes ámbitos de investigación e intervención, que contempla a todos los sectores ligados a la educación y reconoce el derecho de que aquellos niños y adolescentes que sufren acoso de pares y/o lo producen, a ser escuchados en su padecimiento, como así también a ser asesorados en la búsqueda de una solución y, de ser necesario, asistidos psicológicamente o socialmente, para la restitución de aquellos derechos que pueden serles vulnerados. Uno de los ítems más importantes a tener en cuenta en los casos de bullying es que los chicos acosados son los más vulnerables a la agresión. Se da generalmente en los casos de niños que padecen una patología del espectro autista o trastornos generalizados del desarrollo.
Por lo hasta aquí narrado, entiendo que es vital generar campañas de sensibilización a través de la educación, tales como aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención a las víctimas. Asimismo considero que podrían tomarse algunas medidas legales, a saber: Los profesores de la escuela deberían liderar la lucha contra el acoso escolar, siempre ayudados por los padres y la comunidad escolar en su conjunto. Una vez detectado el problema, habría que intentar responder con medidas académicas (sanciones, expulsiones, reuniones con los alumnos y los padres). Conocido el acoso por la escuela, esta debiera informarlo al organismo competente para la defensa de los menores y en su caso, adoptar las medidas oportunas para detener los abusos, defendiendo de ese modo a la víctima, pues durante las horas lectivas es responsabilidad de aquella evitar cualquier daño a un menor. Pero si el que acosa es mayor de 14 años, debiera iniciarse un expediente en el ámbito del proceso penal juvenil. Por otra parte, cualquier persona tiene la obligación de comunicar a la autoridad correspondiente las situaciones de riesgo que puedan afectar a un menor, mas allá de la obligación de prestarles el auxilio necesario.
Según los expertos, uno de cada tres chicos sufrió o sufrirá acoso por parte de sus compañeros en la escuela. A esto se suma que la conexión a través de redes sociales extiende el hostigamiento a los hogares y puede convertirse en una tortura que perturba a la víctima en forma constante. Tal fenómeno se lo denomina ciber bullying.
Ahora bien, en el ámbito nacional, a partir de la difusión de estos casos, a finales del año 2012 la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que obtuvo media sanción, cuyo objetivo es buscar fortalecer los vínculos escolares y establecer cómo manejar las sanciones. Del mismo modo, prevé la incorporación de las nuevas modalidades de acoso a través de las redes sociales e Internet, es decir el ciber bullying. Es intención de este proyecto de ley no estigmatizar al estudiante. A lo largo de sus once artículos plantea el abordaje de situaciones de distintos tipos de violencia y, además, contempla el trabajo que deben llevar a cabo el Ministerio de Educación Nacional y el Consejo Federal de Educación, regulando a su vez las sanciones para los estudiantes en caso de transgresión. Asimismo, menciona que las sanciones deben tener carácter educativo, enmarcándose en un proceso que posibilite al educando hacerse responsable progresivamente de sus actos y garantizándoles el derecho a ser escuchados y a formular sus descargos.
Amigos… es nuestra responsabilidad como sociedad cuidar a los niños, jóvenes y en particular a quienes portan alguna discapacidad, para prevenir la violencia en las escuelas de manera tal que aquellos crezcan en armonía y lleguen a ser adultos sanos y tolerantes. Entonces me resta decir que aliento para que cada provincia sancione su propia legislación, propiciando una ley de alcance nacional que regule la temática, exhortando a la Cámara de Senadores a aprobar la otra 1/2 sanción. Tomemos conciencia de esta dura realidad, porque de no comprometernos como corresponde, este desafortunado flagelo seguirá conviviendo en nuestras comunidades.
Por ello reitero mi invitación semanal, “EJERZAN SUS DERECHOS PORQUE SU EJERCICIO NO CONSTITUYE UN MERO PRIVILEGIO”.
DRA. SILVINA COTIGNOLA, ABOGADA ESPECIALIZADA EN DISCAPACIDAD, SALUD Y FAMILIA.