Familia y accesibilidad escolar

Amigos míos… retomamos nuestra comunicación semanal, gracias a la generosidad de mi querida “LA AUTENTICA DEFENSA”.

He decidido comenzar  por un importantísimo tema, que a mi entender es la columna vertebral de esta contingencia “LA DISCAPACIDAD”, la familia y la accesibilidad escolar.

La familia es la primera institución que ejerce influencia en el niño, pues transmite valores, costumbres y creencias por medio de la convivencia diaria. Asimismo, es la primera institución educativa y socializadora, pues desde el nacimiento de aquel se comienza a vivir la influencia formativa del ambiente familiar. Mientras que en los países desarrollados la responsabilidad de la educación recae en el estado y en la amplia red de instituciones de apoyo para las personas con discapacidad en el ámbito de una suficiencia económica, en nuestro país muchas de las carencias institucionales y sociales son suplidas por la familia, estructura básica en la que recae el bienestar del individuo y red de apoyo fundamental para la persona con discapacidad. Por ello, resulta indispensable abordar las formas como las familias promueven el ajuste o desajuste del niño con discapacidad y concientizar al profesional de la educación y  educación especial, los servicios de rehabilitación y de otras instituciones que interactúan con la persona discapacitada, acerca de la importancia de considerar a la familia en lo relativo a la atención del individuo con discapacidad.

La participación de los padres en la educación de sus hijos trae consigo diversas ventajas o beneficios para los padres, para los hijos y para los maestros. Los padres de bajo ingreso, en la mayoría de las veces, no tienen la preparación de una enseñanza formal, además de que no poseen los recursos para crear un ambiente rico de alfabetización, por lo que esta situación es la que podría afectar el rendimiento escolar del niño. En contraste, los padres de clase media alta forjan relaciones caracterizadas por el escrutinio y una interconexión entre la vida familiar y la vida escolar. Estos padres creen que la educación es una responsabilidad compartida entre maestros y padres. Sin embargo, en cuanto a la reacción a la presencia de un hijo con discapacidad, tal parece que familias de mayores estratos económicos tienden a sufrir más la presencia de la discapacidad y estar más afectadas por la presencia de un hijo con necesidades especiales. Las mayores expectativas hacia los hijos, parecen explicar este fenómeno. Debe señalarse que la discapacidad es un estresor para la familia, y en muchos casos la presencia de un hijo con discapacidad es un factor precipitante de rupturas conyugales y una importante fuente de conflicto, en el cual la imputación del origen y el culpamiento mutuo parecen ser procesos inevitables por los que pasan los padres. En este sentido es innegable que muchos niños con discapacidad tienen que afrontar también las limitaciones de la ruptura familiar y crecer en familias uniparentales. Pero también es cierto  que cuando la pareja confronta exitosamente el estresor de la discapacidad, el niño con discapacidad viene a ser un factor de unión, un vínculo entre los esposos que les lleva a luchar juntos y confrontar como pareja las demandas de la condición.

En materia educativa, en 1994 entró en vigencia la ley 19.284 que estableció normas para la plena integración social de personas con discapacidad, cuyo objetivo central fue velar por las condiciones que favorecieran el ejercicio y cumplimiento de sus derechos. En su capítulo II hace referencia explícita al acceso a la educación y establece en el artículo 27 que los establecimientos educacionales, públicos y privados, deben incorporar innovaciones y adecuaciones curriculares para permitir y facilitar el acceso a los cursos ordinarios existentes y sólo, en casos indispensables, la incorporación a escuelas especiales. Desde aquella fecha, se han implementado programas de integración en establecimientos educacionales a lo largo del país para niños con diferentes tipos de discapacidad. Pero el elemento más importante del proceso es la posibilidad de realizar educación en materia de tolerancia y aceptación de las diferencias desde las etapas más tempranas del desarrollo de los niños, incorporando el respeto a la diversidad en sus vidas.

Los medios de comunicación y las campañas solidarias han contribuido a crear conciencia respecto de la discapacidad. Es muy importante evitar caer en el extremo de la discriminación positiva, esto es, otorgar demasiadas facilidades y beneficios, coartando su libertad y posibilidades de desarrollo, limitando el aprendizaje autónomo y repercutiendo en el desarrollo de la independencia del niño. Existen muchos otros con dificultades “menos visibles” pero igualmente discriminados y estigmatizados: menores con síndrome de déficit atencional, problemas conductuales y otros menos conocidos como el autismo, el síndrome de asperger, gilles de la tourette, quienes sufren silenciosamente de la segregación social y escasa comprensión de sus dificultades. Sectores del mundo adulto dificultan el proceso y permítanme solicitar un minuto de reflexión sobre nuestra propia capacidad de tolerancia para integrar al “mundo normal” a las personas con discapacidad desde los inicios de su vida. Como parte importante de la inserción social, la integración escolar surge como el principal ámbito de desempeño en esta edad. Se han logrado avances pero aún falta mucho camino por recorrer. Un buen inicio es aceptar que nosotros tampoco somos iguales, solamente que la diferencia no es visible.

Fallos ejemplares.

El Gobierno Porteño deberá intimar, dentro de los próximos 240 días hábiles, a los colegios privados para que eliminen las barreras arquitectónicas, y adaptar las escuelas públicas para el libre acceso y circulación de personas con discapacidad motora. Así lo determinó un fallo, el 22 de diciembre pasado, del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario (CAT) Nº 4 de la Ciudad de Buenos Aires. La medida no buscó castigar a nadie, sino concientizar a las autoridades de que hay una ley, la 962, que no se cumple. El amparo fue presentado en diciembre de 2006 por la ONG fundación ACCESO YA, en contra del Ministerio de Educación Porteño. El objetivo era que implementen las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad a personas con discapacidad motora o movilidad reducida en todas las escuelas de la Ciudad. La falta de accesibilidad física en las escuelas reviste particular gravedad porque, en primer lugar, se limita seriamente el derecho a aprender de los chicos con discapacidad y, en segundo lugar, se está dando un muy negativo mensaje de exclusión y discriminación a los niños que no padecen ninguna discapacidad motora. De ciertos informes se desprende que el 95 por ciento de las escuelas privadas y el 75 por ciento de las escuelas públicas no cumplen con las condiciones mínimas de accesibilidad, esto es, contar con rampas de acceso, ascensores y baños adaptados para personas con discapacidad motora.

En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el juez Eduardo Silva Pelossi, titular del Juzgado Civil y Comercial nº 2 de La Plata, sostuvo el pasado 15 de febrero que la Dirección de Educación Especial de la Dirección General de Cultura y Educación Provincial de la Provincia de Buenos Aires, deberá entregarle a la Asociación por los Derechos Civiles toda la información requerida sobre las condiciones de accesibilidad para niños con discapacidades motrices, de todas las escuelas de la Provincia de Buenos Aires. En el año 2008 la ADC presentó un pedido de información ante la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación Provincial, respecto de las condiciones de accesibilidad de las 15.000 escuelas bonaerenses. Al no obtener ninguna 
respuesta en los plazos legales establecidos, la ADC interpuso una acción de amparo. A efectos de contar con la totalidad de la información solicitada esta, requirió al juez extender el plazo y ordenar a la dirección de infraestructura escolar que complete el cuestionario con las escuelas que omitieron proveer la información. El juez consideró válido el pedido de la ADC y así fue que ordenó que en el plazo de 90 días hábiles se entregue la información acerca de las condiciones de accesibilidad de todas las escuelas de la Provincia de Buenos Aires. Por ello, lo que se espera del estado es que, a efectos de cumplir con la normativa sobre accesibilidad, tenga al menos un relevamiento certero de las condiciones de accesibilidad de los edificios públicos, en este caso las escuelas.
Amigos…la justicia afortunadamente va entendiendo cuales son las reales necesidades de este colectivo.

Por ello sigamos como siempre diciendo “EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS, NO SON MEROS PRIVILEGIOS”.

Dra. Silvina Cotignola, Abogada especializada en Discapacidad, Salud y Familia.

smlcoti@hotmail.com.ar