Importancia del «certificado de discapacidad»: sus características, tramitación.

Esta semana nos dedicaremos a esclarecer algunas dudas en relación al documento esencial, vital en el ámbito de la discapacidad. Suelo decir que hablar del «certificado de discapacidad» es aludir directamente al «ABC» de esta materia, ya que a través de dicha documentación se acredita básicamente y en forma concreta dicha contingencia, es decir «la discapacidad”.

¿Que es el certificado de discapacidad?: es el documento público que se otorga a toda persona que tenga una alteración, parcial o total, o una limitación funcional, que puede ser permanente o transitoria, física, sensorial (auditiva o visual), o mental, que en relación con su edad y medio social le implique una desventaja considerable para su desarrollo. En todos los casos, esta contingencia la determinara una junta médica.

¿Para qué sirve el certificado de discapacidad? En principio para acceder a una serie de derechos estipulados en diferentes leyes (Nacionales, Provinciales y Municipales), destacándose en tal sentido, la ley 22431 y ley 10592.

Este documento, da acceso a: 1- cobertura integral de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación, tal como lo prevé la ley 24901. 2- Cobertura integral de medicación, tal como lo estipula la ley 23661. 3- Facilita la adquisición de un pase libre para viajar en el transporte público de pasajeros. 4- El otorgamiento de una franquicia para la compra de un vehículo adaptado, la eximición del pago de patentes del mismo, entre otros derechos. 5- Es indispensable para la tramitación del régimen de asignaciones familiares por hijo discapacitado en el ANSES. 6- Con dicha documentación se puede peticionar la concesión de pequeños comercios, como así también la exención de algunos impuestos. 7- Permite solicitar empleo en la Administración Pública, Nacional, Provincial y Municipal. Esta enunciación es meramente ejemplificativa.

¿Cómo se tramita esta documentación?: la persona con discapacidad o un tercero que la represente, deberá dirigirse al Hospital Público que correspondiere, y el personal de allí, le indicara que documentación necesitara para iniciar el trámite, quien le dará un turno, acompañado con la pertinente solicitud. Ese día, el interesado deberá entregar toda la documentación peticionada para poder entonces, ser evaluada por la junta médica. Recuerde… que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, los estudios médicos y/o de diagnósticos deberán ser retenidos por dicha junta médica. Es indispensable la comparecencia personal del interesado a dicha junta, salvo que la persona discapacitada se encuentre imposibilitada para movilizarse, en cuyo caso, deberá presentar un certificado de supervivencia y certificación de no poder ser trasladada, porque aquello pondría en riesgo su vida o la de terceros. Dicha certificación, debe estar suscripta por el médico tratante del paciente.

¿El certificado de discapacidad tiene la misma validez cuando es emitido por un hospital Municipal /Provincial, o en su caso por el Servicio Nacional de Rehabilitación? Cualquiera sea la autoridad que lo extienda, tienen la misma validez y permiten acceder a idénticas prestaciones.

¿Qué se precisa para solicitar su otorgamiento? DNI, LC o LE del interesado, no pudiendo hacerse con la cédula de identidad. Si usted debe renovar su certificado, diríjase al hospital que le corresponda, debiendo entregar el original vencido. Si usted poseyere obra social, deberá adjuntar también copia de su carnet, DNI, así como del último recibo de sueldo si trabaja, o el de la persona que lo tuviese a su cargo.

Para el caso de extravío o robo de su certificado, en principio deberá realizar la correspondiente denuncia policial, seguidamente deberá dirigirse a la misma junta médica que lo extendió a fin de obtener su sustitución.

En el ámbito provincial, a mediados de diciembre del año pasado, el Ministerio de Salud Provincial, entregó los primeros certificados de discapacidad con las nuevas características que contienen una serie de dispositivos de seguridad que garantizan su inviolabilidad, ya que desde el comienzo de la gestión actual del programa de rehabilitación provincial, se detectaron y denunciaron varios casos de documentación fraguada, las cuales eran utilizadas por personas sanas. Estos nuevos certificados los están recibiendo aquellos que solicitan su otorgamiento por primera vez, como aquellos que piden su renovación por haber caducado la fecha de vigencia. Toda esta información, comenzó a cargarse en el nuevo software online del Programa de Rehabilitación Provincial, la que permitirá contar con un certero registro de los discapacitados que residen en nuestra provincia. Dicha información centralizada mediante este programa, no solo permitirá realizar estudios epidemiológicos destinados al tratamiento de la discapacidad, sino también a la prevención de aquella.

Según estimaciones del Programa de Rehabilitación Provincial, en la Provincia existe un 12% de la población que padece alguna discapacidad. Datos arrojados por la misma fuente informa que sobre una muestra representativa de 8310 pacientes se determinó : 49% discapacidad mental; 26% discapacidad motora; 18 % discapacidad visceral;4% discapacidad auditiva y un 3% discapacidad visual.

Para evitar falsificaciones, este nuevo certificado de discapacidad cuenta con una serie de dispositivos de seguridad, tales como: el escudo provincial en relieve; un código internacional de enfermedades y un número único por cada caso que se le asignara a cada persona luego de la evaluación médica de rigor.

Amigos… Si sabemos de la gran importancia de este documento, vital para hacer efectivos los derechos consagrados por las leyes de la materia, entenderemos que el único medio legítimo de acreditar la discapacidad será el famoso «Certificado de Discapacidad». Recuerden siempre «El Ejercicio de sus Derechos, no son Meros Privilegios». Dra. Silvina Cotignola abogada especializada en familia, salud y discapacidad. Email: smlcoti@hotmail.com.