Los recursos humanos para la integración escolar. Su cobertura.

¿Cuáles son los recursos humanos/dispositivos para materializar la integración educativa? Sintéticamente enunciaré alguno de ellos, sus funciones y quienes deben cubrir sus honorarios o aranceles profesionales.

Una de las grandes preocupaciones, ergo ocupaciones de los papás a la hora de procurar que su hijo (niños o jóvenes con diversas discapacidades) hagan uso de su legítimo derecho de educarse inclusivamente, requiere sin duda alguno de estos tipos de recursos humanos, esenciales para que tal cometido pueda tangibilizarse. Así pues, la integración escolar se erige como uno de los ejes fundamentales de la gestión de la Educación Especial puesto que implica llevar a cabo la mentada inserción escolar en la escuela convencional tanto de los niños con discapacidad o restricciones cognitivas , conductuales, sensoriales o motoras. De allí, que esto implique un compromiso conjunto y una tarea en colaboración con actores pertenecientes a otras áreas de la educación. En línea general, la Dirección de Educación Especial gestiona y coordina los dispositivos que constituyen los recursos que hacen posible dicha inclusión.

A saber:

1-Maestro de apoyo pedagógico: Son aquellos docentes que prestan servicio en las escuelas de nivel primario comunes dentro de la actividad áulica, con alumnos que presentan modalidades de aprendizaje que implican el desarrollo de estrategias pedagógicas especificas.

2-Maestro de apoyo a la integración: Este docente cumple sus funciones dentro del ámbito de la escuela común, colaborando y sosteniendo los proyectos de integración de algunos alumnos ya sea en forma individual o grupal, favoreciendo los procesos pedagógicos consensuados entre las escuelas convencionales sea de nivel inicial o primario, y la escuela especial o de recuperación a la cual pertenecen aquellos. 

3-Maestro de apoyo psicológico: Son docentes psicólogos o psicopedagogos cuyas intervenciones se realizan en casos de niños que concurren a escuelas comunes y necesitan transitoriamente sostenerse en una relación uno a uno con un adulto para facilitar su inserción y/o inclusión a la vida de esa escuela.

4-Maestro, psicólogo y orientador: Son los docentes psicólogos o psicopedagogos que asisten a los alumnos que tienen su escolaridad en los Centros Educativos para niños con trastornos emocionales severos y se encuentren en proceso de integración en escuelas de modalidad común. Asimismo, pueden trabajar con aquellos niños de escolaridad primaria común, que por alguna circunstancia puedan requerir el acompañamiento de esta clase de profesionales, desde ya, interviniendo de manera preventiva. En ambos supuestos, se elaboraran conjuntamente estrategias para la mejor inclusión escolar del alumno.

5-Asistentes celadores para alumnos con discapacidad motora: Son aquellas personas que contribuyen para garantizar la inclusión de dichos alumnos en las diferentes modalidades y niveles del sistema educativo. Su función principal será favorecer la participación de los alumnos asistidos en las actividades áulicas , institucionales y extra programáticas; de igual modo, colaborar con quienes requieran la adecuación de los distintos instrumentos pedagógicos que implementen los docentes, atendiendo a la singularidad de cada situación y problemática y finalmente asistir a los alumnos en las prácticas de higiene y alimentación promoviendo en todo momento, el autovalimiento y la independencia del concurrente. 6- Intérprete de lengua de señas argentina: Su objetivo profesional apunta a integrar a los alumnos con discapacidad auditiva en todos los niveles y modalidades del sistema educativo mediante su presencia. Por tanto, los intérpretes de LSA facilitan indudablemente la transmisión de los contenidos curriculares y son agentes primordiales de la comunicación e integración entre las personas sordas hablantes de lengua de señas argentinas y las personas oyentes hablantes del idioma español.

Ahora bien, es en esta época del año donde surge el interrogante en relación a ¿dónde hallar al acompañante externo o a la maestra integradora para el próximo ciclo electivo? Ello por los continuos rumores, muchas veces ciertos, acerca de las barreras que ponen las instituciones educativas y los distintos efectores de salud a la hora de hablar de sus coberturas económicas.

¡Importante! Es vital que el niño o joven posea un CUD y que el mismo este vigente, así como una orden médica del galeno tratante para poder proceder a solicitar dicha prestación. Otro ítem fundamental a tener en cuenta a la hora de solicitar este tipo de prestaciones, es la diferenciación de los recursos humanos que cada niño o joven pueda necesitar. No son pocos los responsables de estos alumnos, los que   erran, a la hora de expresarse ante los efectores de salud al momento de formular la petición. Por ello es fundamental tener bien claro, que el profesional requerido no es el mismo en todos los casos, ya que variará según el lugar geográfico de la entidad educativa.

¿A cargo de quién está el costo de estas prestaciones? Como regla general, tales coberturas están a cargo de la obra social o entidad de medicina prepaga que poseyera el alumno, en el marco de lo preceptuado por la ley 24.901 cuyos aranceles están nomenclados. De allí, que para que los efectores de salud cubran económicamente estos servicios, será indispensable que los niños estén encuadrados como afiliados con discapacidad.

Consideraciones a tener en cuenta: ¿Quiénes hacen las adaptaciones curriculares? Como regla general, la propuesta pedagógica es diseñada por la escuela. De manera conjunta el equipo de la gestión escolar, el departamento de orientación cuando existiere, los docentes a cargo, el profesional de apoyo de la integración escolar y el equipo interdisciplinario serán quienes determinen que tipo de adaptaciones necesita ese alumno. Una vez acordado, aquel profesional de apoyo mediará las situaciones de trabajo áulicas para optimizar los aprendizajes del alumno, con la finalidad de poder participar en todas las actividades, siendo dicha tarea supervisada por los coordinadores del centro. Este tipo de servicios beneficia a todos los niños y jóvenes que requieran de la intervención de intermediaciones para cumplir un recorrido escolar significativo en lo pedagógico y social, ya se trate de una escuela común pública o privada.

Resulta de lo narrado caberá conocer ¿Cómo debe solicitarse el servicio de apoyo a la integración escolar a través de un centro categorizado?, ¿Cuáles son los caminos de derivación posible? Formalmente se necesita contar con una derivación del médico tratante. La misma debe ser presentada ante la obra social o prepaga. Pero por otra parte, los padres pueden recibir la sugerencia o bien la indicación desde el equipo terapéutico del niño, la escuela, su obra social o prepaga, o de otros actores que se encuentren involucrados. Y, ¿Qué documentación se necesitará para iniciar dicho pedido? 1-Pedido médico extendido por el profesional galeno tratante, 2-Certificado de discapacidad vigente, 3-Fotocopia del DNI del alumno, 4-Datos filiatorios de su obra social, 5-Informes profesionales de los equipos externos que trabajan con el alumno, 6-Informes escolares si se los tuviera, 7-Fotocopia del carnet vacunatorio.

A la luz de lo explicitado, podrá advertirse que las recurrentes negativas por parte de las coberturas sanitarias, son sin duda alguna producto del desconocimiento explícito por parte de quienes ejercen las auditorías de dichas entidades. De allí, que munidos de información fidedigna podrán batallar denodadamente contra típicas conductas arbitrarias, no solo reprochables desde lo moral, sino también legalmente por contar con normativa sustentadora.

Por todo esto sigo invitándolos a que “Ejerzan sus Derechos porque su Ejercicio no Constituye Meros Privilegios”.

Dra. Silvina Cotignola, abogada especializada en discapacidad y familia. smlcoti@hotmail.com