Pacientes asmáticos. Su encuadre legal

Amigos…esta semana vamos a ocuparnos de un amplio sector de la comunidad, los pacientes asmáticos. ¿Qué es el asma? Es una enfermedad inflamatoria, crónica, de las vías aéreas que se manifiesta con sibilancias, tos y dificultad respiratoria y que de no tratarse puede derivar en casos fatales. En nuestro país entre el 12 y el 15% de los chicos padecen asma. Por ello, ha sido considerado a nivel mundial un problema sanitario, en atención a la magnitud alcanzada en términos de la morbilidad y mortalidad que produce, la discapacidad en pacientes mal manejados y los años de vida potenciales perdidos que provoca. La repercusión que tiene sobre el paciente, sus familiares y la sociedad, a lo que se añaden los costos sociales que provoca el padecimiento de dicha enfermedad, la hacen susceptible de políticas de acción urgentes.

Vale destacar, que en la Argentina hay entre 3 y 4 millones de personas asmáticas, entre chicos y grandes. Sin embargo, sólo el 8% de ellos sigue un tratamiento adecuado. En tal sentido,  el asma en la infancia sigue siendo la principal causa de ausentismo escolar, y de no estar controlada, también impide participar de actividades deportivas, laborales y sociales.

Aunque el paciente asmático no encuadra en el concepto de persona con discapacidad, es indudable que padece una enfermedad crónica y que por ende necesita controles de por vida. Sin embargo, lamentablemente, en el país no hay cobertura total del tratamiento, lo que implica que una familia pueda necesitar asignar entre el 5 y el 15% de sus ingresos para tratar  esta patología y con ello elevar la calidad de vida del paciente.

A comienzos del año 2006, la Provincia de Buenos Aires sancionó la ley 13.457 a efectos de dar un marco legal a dicha problemática. Por ella se crea en el ámbito provincial, el programa de rehabilitación respiratoria para niños y niñas asmáticos, con la finalidad de prevenir, asistir y tratar el asma bronquial infantil desde el nacimiento hasta los 16 años de vida. Entre sus objetivos podemos mencionar los siguientes: 1. Realizar un diagnóstico precoz de la enfermedad y de otras afecciones  respiratorias. 2. Lograr actividad física normal. 3. Evitar los efectos adversos de la medicación. 4.  Mejorar la calidad de vida de la población asistida. 5. Disminuir la tasa de mortalidad y morbilidad. 6. Lograr un servicio de comunicación eficiente entre el paciente, su familia, la escuela y el equipo de salud. 7. Asegurar la cobertura de los medicamentos.

En la Provincia de Buenos Aires, en el año 2005 se creó el “PROBAS”, PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL ASMA INFANTIL. Éste, está dirigido a todos los chicos desde el nacimiento hasta los 18 años que padezcan la enfermedad y no cuenten con cobertura de obra social. El PROBAS entrega en forma totalmente gratuita las drogas contra el asma: salbutamol, meprednisona y budesonide, las que se retiran de las farmacias hospitalarias con la presentación de un carnet del programa que garantizará el tratamiento por un año con posibilidad de ser renovado.

Para ser beneficiario del programa, el paciente o su familia deberán iniciar su gestión en el Centro de Salud más cercano a su domicilio. Allí deberá presentar: 1. Resumen de la historia clínica, que lo realizará el médico tratante del paciente. 2. Fotocopia de DNI. 3. Constancia de la negativa de obra social del ANSES. Esta puede obtenerse de dos maneras: 1. Dirigiéndose personalmente con el DNI a la oficina de ANSES. 2. Ingresando a la página de ANSES e imprimir la negativa: http://servicioswww.anses.gov.ar/censite/

Amigos… luego de estas reflexiones puedo señalar que aun nuestro país carece de una legislación articulada que favorezca la real igualdad y equiparación de oportunidades para los detentadores de la enfermedad del asma. Por ello, y visibilizándose en algunos aspectos el tratamiento de esta contingencia sanitaria,  seria plausible que las ideas y planes de acción llevados a cabo por el Estado Bonaerense pudieren implementarse en el resto de las jurisdicciones nacionales con el afán de favorecer al colectivo de esta enfermedad. Por ello, sigamos insistiendo que “EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS NO SON MEROS PRIVILEGIOS”.

DRA. SILVINA COTIGNOLA, ABOGADA ESPECIALIZADA EN DISCAPACIDAD, SALUD Y FAMILIA.

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