Amigos…convencida profundamente que hablar de prevención cualquiera fuere la patología de que se trate, no solo favorece la calidad de vida de nosotros, los seres humanos, sino que disminuye sensiblemente los erarios públicos afectados a esta materia. De allí, que escogiera para esta columna abordar uno de los tópicos más difundidos pero de difícil combate, la obesidad. Según datos oficiales, en nuestro país el 53,4% de la población tiene exceso de peso en algún grado. A fin de enfrentar este flagelo, la cartera sanitaria nacional el pasado 6 de junio decidió crear «El Programa Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad» mediante el dictado de la Resolución Nº 732. Dicho programa estará comandado por el experto Dr. Alberto Cormillot, galeno que desde hace décadas viene trabajando en post de una vida saludable y amigable a la hora de nutrirnos. Atento a estos datos, puede advertirse que tanto el sobrepeso como la obesidad constituyen el factor principal de riesgo de muerte en el mundo, falleciendo cada año como consecuencia de ello, 3.400.000 personas adultas. Así pues el sobrepeso y la obesidad, explican el 44%de la carga de diabetes, el 23%de cardiopatías isquémicas, y entre el 7 y 41% de ciertos tipos de cáncer.
Por ende, tales cifras, son alarmantes desde todo punto de vista, y muchas veces directamente se asocian con la detentación de distintas patologías crónicas, ej. Diabetes, hipertensión, que suelen desencadenar en la portación de diferentes discapacidades. Tal circunstancia, fue sin lugar a duda, entiendo humildemente, el basamento para el diseño y lanzamiento de este programa de alcance nacional. Debe tenerse en cuenta que desde el año 2008 por ley 26.396 se declaró de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, entre estos, la obesidad, comprendiendo la investigación de sus causas, el diagnóstico, tratamiento de las enfermedades asociadas, asistencia integral y rehabilitación, incluyendo las de sus patologías derivadas así como a las medidas tendientes a evitar su propagación. Concordantemente con dicha norma, se pone en marcha este Programa Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad que funciona en el ámbito de la Dirección de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades no Transmisibles, Dirección que dependerá jerárquicamente de la Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios.
En tal sentido, se constituye «La Comisión Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad» cuyo objetivo es la contribución en la planificación, seguimiento y evaluación de dicho programa. Esta comisión será presidida por el Director de promoción de la salud y control de enfermedades no transmisibles. La misma invitará a representantes de diversas reparticiones y entidades, todos ellos con carácter ad honorem, entre estos: La Dirección de Calidad de Servicios del M. Salud, al PAMI, la Superintendencia de Servicio de Salud, universidades, entidades científicas y académicas. Debe asimismo saberse, que tanto las conclusiones como las recomendaciones a las que arribe aquella comisión, serán elevadas a las autoridades para luego ser presentadas en el ámbito de «COFESA» Consejo Federal de Salud.
Cabe señalar al respecto que en la Argentina las enfermedades no transmisibles, como por ejemplo la obesidad, son responsables del 60% de las muertes. Dentro de este tipo de enfermedades, el sobrepeso y la obesidad se asocian con elevada tasa de morbilidad. Pero los costos directos que pesan sobre el sistema de salud y los indirectos para la sociedad son muy importantes.
Una alimentación no saludable, y el sedentarismo, son muy prevalentes en nuestro país: sobrepeso 35.4% y obesidad 18% esta última, casi siempre se asocia a enfermedades crónicas y mayor uso de los recursos del sistema de salud y fuera de él también, ej. Ausentismo laboral. Es por todo ello, que el control de la obesidad requiere según los expertos un abordaje desde sus determinantes multidimensionales para intervenir efectiva y eficazmente sobre las personas con la finalidad de generarles hábitos saludables.
Pero, mucho más relevante será el establecimiento de políticas públicas que sean capaces de modificar los contextos obesogénico, que sin dudar es el primordial condicionante de esta epidemia del siglo 21. Finalmente desde el prisma de una operadora jurídica, que aboga por la accesibilidad en todos los rubros, deseo sinceramente que a la hora de plasmar el presente programa se tengan en consideración pautas de diseño universal en todos los niveles, poniendo énfasis en aquellos que favorezcan el pleno e igualitario ejercicio de los derechos naturales de todos los seres humanos, la libertad, la dignidad.
Amigos… ante este cuadro situacional, puede deducirse que la manera más costo efectiva de reducir la morbimortalidad para la población en su conjunto por este tipo de etiologías, será sin lugar a duda, el actuar en forma celera e inmediata sobre los factores que inducen a su desarrollo. ¿Cómo? Ni más ni menos, que diseñando todo tipo de estrategias que abarquen la promoción y prevención de la salud, legislando sobre la oferta y la demanda de bienes y servicios, mediante la comunicación y educación, en especial acerca del cuidado de la salud. De ello puede colegirse que la evolución de los determinantes y las condiciones respectivas nos están pronosticando un aumento de estas patologías juntamente con las típicas asociadas, que si bien no fueron enfermedad de base, son generalmente consecuencia de aquella, casi siempre evitables con la incorporación de hábitos saludables, ergo un freno a restricciones discapacitantes que luego buscamos acreditar a través del CUD, Certificado Único de Discapacidad.
Por lo comentado, solo restaría soslayar que cuando las medidas a implementarse, como la prevista en el presente programa, sean realmente masivas, nos estaremos alejando un poco más de tener que ser titulares de un CUD, que inevitablemente tengamos que tramitar para poder acceder a la ya conocida cobertura integral para la atención del colectivo de personas con discapacidades.
Por ello nuevamente y con máximo fervor, vuelvo a invitarlos a «ejercer sus derechos porque su ejercicio no constituye meros privilegios» Dra. Silvina Cotignola, abogada especializada en discapacidad y familia.
Silvina Cotignola / Abogada especializada en discapacidad y familia / Smlcoti@hotmail.com.ar